Quienes Somos?
FÉNIX APLICADORES
Somos un equipo de aplicadores y especialistas en corrosión que brindamos soluciones acordes a la necesidad del cliente.
Por muchos años hemos participado en obras importantes de revestimientos industriales del País. Lo que nos aporto conocimiento en varios campos de la preparación de superficie y pintura. Entendemos la importancia de cada etapa en la preparación y la proteccion anticorrosiva de los proyectos.
Nuestra experiencia tanto en construcción nueva como en mantenimiento en las mas variadas industrias, como la petrolera, química y petroquímica, minera, pulpa y papel, alimenticia, farmacéutica, ferroviaria, transporte, y en obras publicas como plantas hidroeléctricas puentes, diques, plantas potabilizadoras, obras de saneamiento.
Nuestro asesoramiento técnico está disponible para contestarle todo tipo de consultas sobre preparación y protección de superficies.
Condiciones Comerciales
La emisión del pedido, solicitud u orden de compra implica la aceptación explícita, lisa y llana de las presentes condiciones, en los términos del art. 979, 1108, ccs. y ss. del Código Civil y Comercial de la Nación. Las mismas se mantendrán vigentes con preferencia sobre cualquier otra condición, cláusula o normativa aún de fecha posterior.
➢ PRECIO Y FORMA DE PAGO: El plazo máximo para el pago será de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS posteriores a la fecha de emisión de la factura, con independencia de su recepción. Vencido ese plazo, se devengará un interés equivalente a la tasa activa del Banco de la Provincia del Neuquén para operaciones generales de descuento. Se pacta la mora automática sin necesidad de interpelación previa.
Los valores expresados en pesos argentinos (ARS) son considerados referenciales y NO INCLUYEN IVA. El precio de los servicios quedará efectivamente determinado por el equivalente de éstos en dólares estadounidenses (U$S), pagaderos en pesos argentinos a la cotización oficial del Banco Nación Argentina, tipo de cambio comprador vigente al cierre anterior la fecha del efectivo pago.
En cualquier caso, la diferencia producto de la variación del tipo de cambio desde la fecha de la oferta hasta la fecha del efectivo pago será soportada por el comprador, debiendo éste abonarla junto con aquél o en un plazo máximo de 72hs. siguientes, sin necesidad de interpelación previa.
➢ PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA: Los plazos de entrega se encuentran determinados en el detalle de cada ítem o servicio presupuestado. A falta de ello, se entenderá que rige un plazo general para la entrega de TREINTA DÍAS desde el efectivo y total pago del precio. El lugar de entrega se pacta “sobre el transporte”, por lo que los productos se considerarán entregados una vez puestos a disposición del transportista o tercero que los retire del depósito de FENIX APLICADORES S.R.L., renunciando el comprador a toda acción contra la empresa por hechos ocurridos con posterioridad a dicho acto.
➢ RETIRO DE LOS BIENES: Los bienes objeto de los servicios a realizarse, una vez finalizados los trabajos, se colocan a disposición del transporte y/o del contratista debidamente embalados y preparados para su entrega. El contratista asume a este respecto la carga de inspeccionar debidamente las cosas al momento de su recepción, renunciando a cualquier reclamo posterior en los términos del art. 1155 C.C.C.
Si los bienes (equipos, materiales, maquinarias, etc.) puestos a disposición de FENIX APLICADORES S.R.L. no fueran retirados de sus instalaciones luego de transcurridos SESENTA
(60) DÍAS del efectivo pago de los trabajos realizados, el contratista perderá los mismos en favor de la empresa, renunciando a todo reclamo y/o pretensión indemnizatoria a este respecto. Para el caso de no abonarse el precio, una vez transcurrido el plazo máximo de 45 días desde la facturación, la empresa podrá ejercer el derecho de retención sobre los bienes hasta tanto sean cancelados tanto éste como sus intereses.
➢ CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Los hechos ajenos a la empresa y dependientes de un tercero o de cualquier circunstancia que alteren o impidan la entrega de los productos o servicios vendidos, extinguirán las obligaciones y no generarán responsabilidad alguna para la misma, conforme lo establecido por el art. 955 del C.C.C. En especial, el comprador entiende que no habrá responsabilidad de la empresa ante cualquier demora en el cumplimiento de plazos de entrega ajenos a FENIX APLICADORES S.R.L., ocasionada por derivaciones directas o indirectas de la Resolución General AFIP N° 3252/12, en cuanto al retraso de cualquier componente importado aplicable al producto y/o proceso productivo afectado para el suministro.-
➢ TOLERANCIAS DE FABRICACIÓN: El contratista asume la tolerancia de que las características finales de los trabajos contratados difieran en más o en menos respecto de lo expresado en la oferta, debido a variaciones en los procesos y técnicas aplicados, así como de manufactura de materias primas ajenas a la empresa.
➢ JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Para todas las cuestiones derivadas de la presente oferta y/o de la posterior contratación, serán válidos los domicilios indicados en la orden de compra y en la facturación y/o remito de mercaderías, donde se tendrán por efectuadas todas las notificaciones que allí se cursaren. Se fija asimismo la competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Neuquén, con exclusión de todo otro fuero o competencia.